Policías acusados de violar derechos humanos no deben estar en funciones: Namiko
Los elementos policíacos de la Secretaría de Seguridad Pública que han sido acusados de tortura o detención extrajudicial, no deben estar en funciones, aclaró la presidenta de la Comisión Estatal de Derechos humanos (CEDH), Namiko Matzumoto Benítez.
“Y si estamos hablando de una violación a derechos humanos como puede ser tortura o detención extrajudicial, ese servidor público no debe seguir ejerciendo esa función”.
Explicó que los procesos administrativos son iniciados por parte de la SSP, cuando ellos emiten una recomendación por violación a derechos humanos, sin embargo, no en todos los casos se han concluido con el proceso de sanción a los elementos.
Destacó que al momento sólo el 25 por ciento de los policías que han sido acusados por violentar los derechos humanos, o tienen una recomendación, han sido sancionados.
“Los policías tienen claridad de cuáles son sus obligaciones, facultades y lo que no deben hacer. Me parece que en lo que hay un pendiente importante es en las consecuencias que tiene el transgredir la norma. En tanto no se sancione a todos los responsables de violar los derechos humanos, este tipo de actos los seguirá padeciendo la ciudadanía”.
Explicó que después de hacer una notificación de recomendación, se le da seguimiento al caso, con la finalidad de verificar las acciones que toma la SSP después de acreditarse que un elemento cometió exceso de la fuerza pública en una detención, incurrió en un ilícito o violento los derechos humanos.
Lo que se pretende es conocer si los servidores públicos tiene responsabilidad administrativa o violan los derechos de forma reiterada.
“La ley establece que puede ser desde un apercibimiento privado o público, o ir hasta la sanción más grave que es la inhabilitación”.
Reiteró, que las sanciones se tienen que valorar de acuerdo a la gravedad de los hechos.